SISS Inicia Proceso de Sanción a Aguas Araucanía

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Los incumplimientos señalados por las Superintendencia se refieren a rebases de aguas servidas que afectaron a clientes de la empresa los días 9, 10 y 19 de junio pasados, y que generaron el escurrimiento de aguas servidas en la vía publica en sectores poblados.

Santiago, 14 de agosto de 2014.- La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) informa que ha iniciado un Procedimiento de Sanción contra la empresa Aguas Araucanía por las responsabilidades que le correspondan en los rebases de aguas servidas ocurridos en la ciudad de Collipulli, región de la Araucanía, los días 9, 10 y 19 de junio pasados.

Antecedentes

Cabe señalar que los hechos fiscalizados por la Superintendencia, ocurridos en los puntos de Eberhard con Centenario; Lagunillas con Rodríguez y Lagunillas

con Sargento Aldea trajeron consecuencias en la vía pública al detectarse el escurrimiento de aguas servidas en los diferentes puntos individualizados anteriormente los que fueron instruidos de solucionar en fiscalizaciones anteriores.

Además se verificó acumulación de residuos producto de rebases ocurridos en el sector de la Paz, esquina Ruta 5 Sur, en el cual los fiscalizadores de la Oficina Regional de la SISS de Araucanía constataron que la empresa Aguas Araucanía no procedió a la sanitización y limpieza del sector afectado, lo que constituye un incumplimiento a la instrucción que tienen los prestadores del servicio respecto de situaciones de emergencia. Asimismo, en el rebase correspondiente al sector de Lagunillas con Rodríguez, la empresa incumplió instrucciones de la SISS al no informar de dicho evento a esta institución.

Por otra parte, la SISS reprocha a Aguas Araucanía por no cumplir con la solución definitiva en el caso del rebase que afectó a los sectores de Eberhard con Centenario, Lagunillas con Rodríguez y Lagunillas con Sargento Aldea; todos ellos puntos de pleno conocimiento de la empresa y advertidos en tiempo de solucionar.

Todas las situaciones anteriormente descritas constituyen deficiencias en la calidad y continuidad del servicio de recolección de aguas servidas que la empresa sanitaria debe otorgar, incumpliendo en la obligación de mantener disponible y sin interrupción la red pública para la evacuación de las aguas servidas domiciliarias de modo tal que no se produzcan filtraciones, inundaciones u otro tipo de daños.

No obstante lo señalado, es menester informar que la empresa cuenta con un plazo de 10 días hábiles para presentar sus descargos ante la Superintendencia a contar de la fecha en que se notificó de esta resolución.

Finalmente se informa a la ciudadanía que ante cualquier reclamo o consulta sobre calidad de servicio que debe prestar Aguas Araucanía, se dirijan a la Oficina Regional de la SISS en la Región de la Araucanía, ubicada en calle Aldunate 710, local 101, Temuco; o bien llamen al fono 45-2236830, o escriban al correo electrónico temuco@siss.gob.cl, así también a través del sitio web: www.siss.gob.cl

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